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Euskadi: Fin del confinamiento municipal “duro” a partir del lunes

Se permitirá el desplazamiento entre municipios colindantes para realizar actividades socio-económicas y deportivas. La hostelería, abierta.

Paseos y deporte en Bilbao // BI FM
A partir de este 15 de febrero se permitirá el desplazamiento entre municipios colindantes para realizar actividades socio-económicas y deportivas al aire libre. La hostelería seguirá abierta

A partir del próximo lunes, 15 de febrero, se permitirán en Euskadi los desplazamientos entre municipios colindantes. Es decir, se pondrá fin al confinamiento perimetral «duro», pero solo para actividades socio-económicas y deportivas al aire libre. Por lo tanto, aún no se podrá circular libremente por todo el territorio.

Así lo ha decidido este viernes el Consejo Asesor del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI), compuesto por todas las instituciones vascas y presidido por el lehendakari, Iñigo Urkullu. Había mucha expectación por ver si se oponían al fallo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que esta misma semana decidía permitir la apertura de los establecimientos hosteleros de municipios en «zona roja» al no estimar factores de riesgo determinantes en su actividad. No ha sido así.

La mascarilla sigue siendo obligatoria.

Sí que han precisado las restricciones en lo relativo a la práctica deportiva. La movilidad entre municipios estará permitida para entrenamientos y competiciones deportivas de equipos en competición profesional o semi-profesional.

También se permitirá entre municipios con Tasa de incidencia de covid inferior a 500 para competiciones y entrenamientos de deporte federado, entrenamientos de deporte escolar, así como cursos o actividades programadas en gimnasios, clubs o polideportivos.

RESTRICCIONES EN EUSKADI (15 DE FEBRERO)

– Cierre perimetral de Euskadi y cierre perimetral municipal salvo excepciones (desplazamientos entre municipios colindantes para actividades socio-económicas y deportivas al aire libre)

– Toque de queda: limitación de movilidad nocturna de 22:00 a 06:00h.

– Reuniones de máximo 4 personas.

– Horario máximo de cese actividades comerciales y culturales a las 21:00h.

– Aforos del 40% en establecimientos comerciales de más de 150m2, y del 60% en los que cuenten con una superficie de hasta 150m2. Aforos igualmente reducidos para todo tipo de eventos culturales y sociales.

– Limitación del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.

– Suspensión de ensayos y actuaciones músico-vocales.

– Horario de cierre de hostelería y restauración entre las 20:00h. y las 06:00h.

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